Ciudadanía sustantiva de la mujer
Para lograr una ciudadanía plena de las mujeres o, como la denomina la socióloga Virginia Vargas Valente: “una ciudadanía femenina sustantiva”, no basta que los derechos hayan sido formalmente reconocidos, sino que es necesario promover y asegurar las condiciones para ejercerlos. En ello el Estado juega un papel central, pues debe crear los mecanismos y ofrecer las garantías suficientes para que todas las personas sean sujetos de derechos y puedan defenderlos desde su condición.
Entendiendo a la ciudadanía sustantiva como la posesión de derechos civiles, políticos y sociales, es fácil concluir en que es la forma de ciudadanía más importante, pero ¿qué es la ciudadanía femenina sustantiva? Es el reconocimiento y acceso a condiciones idóneas para el ejercicio de la ciudadanía de las mujeres en democracia. Es decir, la aplicación de los derechos civiles, políticos y sociales desde la realidad femenina y sus necesidades como individuo. No significa la división de los derechos ciudadanos como grupo humano sino garantizar la vigencia de los mismos como un todo diferente.
En el proceso de construcción y comprensión de la ciudadanía, el feminismo y los movimientos de mujeres han aportado enormemente: colocaron en el debate público el carácter parcial, restringido y excluyente de la ciudadanía liberal, en la que los hombres occidentales constituían el único referente, desconociendo las diferencias y particularidades de los demás actores sociales, desde una visión universalista y homogenizante. Dicha concepción moderna de ciudadanía, hace una distinción tanto física como simbólica entre el ámbito público y privado, excluyendo del debate y de la agenda pública ciertos temas como la violencia hacia la mujer, el feminicidio, etc. Confundiendo titulares, opiniones y menciones en cadenas estatales como manifestaciones del interés gubernamental por tratar los temas, sin abordarlos realmente y mucho menos asumirlos como urgentes. Los números de feminicidios son una muestra de ello.
Nancy Fraser, profesora de ciencias políticas y sociales en la New School University de New York critica, en este sentido, los planteamientos de Habermas sobre la democracia entendida como “deliberación de todos los ciudadanos en la arena pública”, este autor asume que todos los actores pueden participar por igual, sin tomar en cuenta las dificultades y realidades que limitan o dificultan la participación de aquellos que se encuentran en desventaja, como las mujeres. Por ello, Fraser plantea la necesidad de crear espacios donde los distintos grupos sociales puedan exponer sus discursos y demandas, nuevamente desde su condición.
¿Por qué hablar de una ciudadanía sustantiva de la mujer? Porque si aceptamos la caracterización de las relaciones de género como relaciones sociales entre mujeres y hombres, es necesario encontrar la explicación de cómo y por qué hombres y mujeres han ocupado “lugares” asimétricos dentro del conjunto social, en las diversas sociedades y momentos históricos. Especialmente cuando en teoría, según Habermas, todos los actores participan por igual en la arena pública. Lugares asimétricos que evidentemente operan en función de las necesidades y de la “lógica interna” de cada sociedad. Dentro de las cuales el patriarcado ha jugado una función fundamental, que no se ha limitado a una forma social familiar caracterizada por la subordinación femenina, sino a una forma de construcción de lo público y de la sociedad civil por mecanismos diversos de igual subordinación.
En consecuencia, si todos somos ciudadanos por igual ¿por qué la subordinación histórica? ¿por qué no reconocernos ciudadanos con necesidades distintas que requieren atenciones distintas?
Chantal Mouffe sostiene que “la tradición liberal ha reducido la ciudadanía a un simple estatus legal”, y cuestiona la homogenización que implica el universalismo, que se expresa en la noción de un único “bien común” para todos los integrantes de una sociedad. Esta autora afirma que esta idea impide la construcción de una democracia pluralista que reconozca la diversidad de intereses, condición indispensable para el ejercicio de los derechos y de la ciudadanía.
A lo largo del desarrollo histórico de la ciudadanía y en la profundización en la democracia, se ha recorrido un heterogéneo camino, y en este sentido, sólo muy recientemente se ha planteado también, como objetivo consensuado desde una cultura democrática, la profundización en la democracia y en los derechos humanos, como una extensión de los principios de libertad e igualdad al conjunto de las relaciones sociales y sus protagonistas, especialmente sus protagonistas en el escenario político. Es indiscutible que el debate sobre la paridad necesita de un análisis de las formas y los mecanismos del sistema de poder al que se interpela, porque es en la reivindicación de la paridad y en su legislación donde se presenta la presunta paradoja teórica de que un pensamiento universalista introduzca una medida que “parece” establecer una “diferenciación” por sexo. Y en este análisis habría que dejar clarísimo el presupuesto inicial de que no se trata de defender ningún esencialismo ontológico de los sexos sino de buscar mecanismos correctores de la representación política.