Mediación y arbitraje, dos alternativas para resolver conflictos
2021/03/2509:56H.
En el Ecuador los métodos alternativos de resolución de disputas como la mediación, han ganado espacio en la última década. A través de esta herramienta las partes que mantienen una controversia pueden llegar a un acuerdo con la intervención de un tercero experto (mediador), el cual facilita un acercamiento y potencial acuerdo entre los involucrados.
La decisión a la que arriben los involucrados tiene el mismo efecto que una sentencia de última instancia, por lo que es posible solicitar su cumplimiento forzoso. Estefanía Fierro, socia y asociada senior de AVL Abogados, explica que la misma está regulada en la Ley de Arbitraje y Mediación y ofrece confidencialidad y apoyo técnico. Actualmente, hay 82 centros de mediación aprobados por el Consejo de la Judicatura.
“La mediación ofrece a las partes una alternativa eficaz, rápida y económica frente a otros métodos de resolución de disputas disponible en el Ecuador, ofreciendo llegar acuerdos más flexibles y en beneficio de las dos partes, alejándose de la dicotomía ‘perdedor/ganador’, propio de procesos judiciales o arbitrales”, manifiesta.
Pueden ser resueltas por mediación todas las disputas que son susceptibles de transacción, tales como: conflictos familiares (exceptuando violencia intrafamiliar), pensiones alimenticias, cobros de deudas, incumplimiento de contratos, demarcación de linderos, conflictos por inquilinato y conviviente social y vecinal. No se puede llegar con esta instancia en los casos confiados exclusivamente al Estado, como por ejemplo asuntos penales o cuando se atenta contra los derechos fundamentales.
La función principal de un mediador es la de acercar a las partes y propiciar que estas lleguen a un acuerdo, lo cual implica encontrar puntos comunes, por lo que se recomienda escoger uno que tenga experiencia y que entienda la materia de la discusión.
AVL Abogados se ha especializado en la resolución de disputas y ha asesorado en cientos de mediaciones en el país. No hace mucho se destacó por atender un caso técnicamente complejo que dos empresas tenían por aproximadamente 25 millones de dólares y que no se había podido resolver por casi 10 años. El conflicto vio la luz luego de dos semanas de mediación.
“En estos casos las partes no solo alcanzaron un acuerdo, sino que ahorraron costos de procesos judiciales o arbitrales y consolidaron sus relaciones comerciales”, manifiesta Fierro.
Este bufete cuenta con más de 20 abogados especializados en diferentes áreas del derecho y es el resultado de la fusión entre las firmas Andrade Veloz y Lexim Abogados desde febrero de 2021. Sus oficinas se encuentran en la ciudad de Quito y tienen corresponsalías en varias ciudades del Ecuador.
El mediador debe tener la habilidad de encontrar puntos comunes, a pesar de las posiciones polarizadas de las partes.
Un bufete que ha alcanzado reconocimiento nacional e internacional por la resolución de disputas es Carmigniani Pérez. Álvaro Galindo, socio de la firma, explica que son la primera boutique de abogados en Ecuador con un departamento dedicado exclusivamente a la planificación, desarrollo de estrategias y manejo de conflictos.
Su equipo está conformado por 16 abogados, nueve de los cuales se especializan en resolución de disputas, mediación, arbitraje y litigio. Varios de sus socios incluso intervinieron en la redacción de la Ley de Arbitraje y Mediación ecuatoriana.
A causa de la pandemia, tanto la mediación como el arbitraje han jugado un rol esencial. En este tiempo –detalla– han logrado resolver de manera amistosa al menos tres arbitrajes internacionales complejos y negociado exitosamente una variedad de conflictos laborales producto de las medidas que surgieron con la declaratoria de emergencia sanitaria.
El arbitraje es otra figura válida para la resolución de conflictos. A diferencia de la mediación, en este la controversia la resuelve un tercero, que es un tribunal arbitral (usualmente compuesto por uno o tres árbitros) y sigue un procedimiento parecido al judicial, aunque normalmente con mayor flexibilidad.
César Coronel Ortega, asociado senior de Coronel & Pérez Abogados, explica que la mayoría de asuntos de orden civil y comercial pueden ser sometidos a arbitraje, quedando excluidos los penales, tributarios o relacionados con el estado civil de las personas.
“El arbitraje puede ofrecer varias ventajas, como confidencialidad, celeridad, flexibilidad en la conducción del proceso, y la posibilidad de escoger que se resuelva la controversia ‘en derecho’, es decir con estricto apego a las normas jurídicas vigentes, o ‘en equidad’, es decir, con un mayor grado de flexibilidad”, certifica.
El especialista resalta que la mejor manera de evitar un litigio es previniéndolo. Cuando se está estructurando un negocio, como por ejemplo una compraventa, sucesión familiar, concesión o alianza estratégica, lo ideal es pactar previamente entre las partes el someter cualquier disputa a arbitraje, de tal manera que cuando surjan discrepancias poder generar negociaciones directas, a través de un proceso de mediación formal en donde se puede pactar que el asunto se resuelva en arbitraje, y no ante los tribunales judiciales.
Coronel & Pérez se especializa tanto en arbitraje doméstico como internacional. Sus cuatro socios han participado y asesorado a decenas de clientes en este campo, además actúan como árbitros, imparten cátedra y conferencias sobre la materia.
Este estudio jurídico cuenta con aproximadamente 16 abogados en sus oficinas de Quito y Guayaquil, y ha participado en la resolución de decenas de casos de diversa cuantía y complejidad, incluidos asuntos societarios y contractuales y disputas relacionadas con contratación pública.
Para saber:
• Existen centros de mediación en la función judicial que prestan servicios gratuitos a las partes en conflicto, también hay en organizaciones sin fines de lucro que no cobran una tasa por sus servicios o que son subsidiados.
• Un proceso de mediación puede tomar menos tiempo y dinero para la solución de un caso. Para acudir a arbitraje se debe contar con un convenio suscrito, donde las partes expresen su voluntad de someter sus controversias a este proceso.
Más información en el especial de Asesoría Legal de Revista Enfoque, edición marzo.