¿Quiénes serán los beneficiarios de la reliquidación de planillas de consumo eléctrico?
La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales no Renovables (ARC) comunicó la tarde de este 24 de junio las medidas que se tomarán para aliviar las demandas ciudadanas por cobros excesivos en las planillas de luz de abril y mayo de 2021.
En los meses antes señalados, decenas de ciudadanos en Guayaquil denunciaron que los valores de sus planillas de luz habían incrementado alarmantemente: se registraron casos en los que el costo escalaba a 1.500% más de lo que se cobraba mensualmente. Después se supo que esto corresponde a lo consumido durante el confinamiento del 2020.
No solo se consumió más durante esos meses en los que el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) decretó confinamiento total para tratar de controlar el colapso sanitario que impactaba al país producto de la pandemia de Covid-19, sino que el costo de la energía subió.
“El costo incrementa a medida que aumenta el consumo”, le dijo la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) a VISTAZO.
Este incremento no se vio reflejado entonces, sino ahora, en las planillas de un año después.
Ante el malestar ciudadano por los problemas de facturación, las autoridades ordenaron medidas para ayudar a aliviar los apretados presupuestos de los ecuatorianos, divididos en para quienes consumieron hasta 500 kWh de energía y quienes lo superaron.
Para este último grupo, la ARC dijo que se reliquidan los valores de consumo, aplicando la siguiente tarifa: 10,50 centavos USD por cada KWh. Asimismo, se anunció que los usuarios beneficiarios del subsidio ‘dignidad’ que hayan superado los 500 kWh se excluirán de la evaluación de la frecuencia de consumos histórica, y de la aplicación de lo indicado en el “Procedimiento para la aplicación del subsidio otorgado por el Estado ecuatoriano mediante Decreto Ejecutivo Nro. 451-A”.
Las personas cuyo consumo haya sido mayor a 500 kWh en abril y mayo tampoco podrán experimentar cortes de energía eléctrica hasta el 10 de agosto, conforme a lo estipulado por el Decreto Ejecutivo 74, que otorga un plazo de 60 días. Tampoco se les aplicarán intereses y recargos por los valores que no se hayan pagado.
De la misma forma, CNEL no podrá exigirle pagar sus valores pendientes (ni total, ni parcialmente) para receptar alguna queja o para realizar algún trámite.
El Ministerio de Energía y Recursos Naturales no Renovables indicó que la información referente al proceso de aplicación de estas medidas de compensación será dispuesta a todos los ciudadanos en sus planillas eléctricas.