Pareja es condenada por el homicidio de su hijo de 4 años, en Ambato: el menor tenía perforación en sus órganos
Un Tribunal de Garantías Penales dictó sentencia condenatoria de ocho años y cuatro meses contra Mayra Alexandra T. P., madre del niño; y, David Antonio R. T., padrastro; como autores del delito de homicidio preterintencional contra su hijo de 4 años.
En la audiencia de juicio, el fiscal de Personas y Garantías, Fernando Casco, presentó como pruebas ante el Tribunal: el informe de inspección ocular técnica, la autopsia médico-legal practicada a la víctima, que demostró una muerte por rotura del yeyuno (peritonitis), causada por un golpe contundente; el examen de estudio histopatológico, el informe toxicológico, testimonios que reflejaron que el niño era maltratado, entre otros.
Con estos elementos, Fiscalía probó que, entre el viernes 4 y el sábado 5 de junio de 2021, en el sector de La Magdalena del cantón Ambato, David Antonio R. T. golpeó al infante, lanzándolo al suelo, porque no quiso comer. Días antes, varios vecinos observaron como la madre del niño lo jaloneo bruscamente.
Al día siguiente, Mayra Alexandra T. P. salió a trabajar, dejando solo al niño con su conviviente en estado etílico. Cuando regresó encontró a su hijo muerto, por lo que llamó al ECU 9-1-1 para el respectivo levantamiento.
Las primeras versiones de los procesados señalaban que la víctima estaba enferma; sin embargo, según la investigación, el infante tuvo una muerte violenta.
Se determinó una peritonitis (perforación de intestino delgado yeyuno) causada por un traumatismo abdominal cerrado por objeto contundente; se presumen ataques de puño y puntapiés, además de varios golpes anteriores.
Los testimonios confirmaron que los maltratos perpetrados el infante eran frecuentes, como encierros, falta de alimentación, suministración de medicina desproporcionada, lesiones, entre otros. Además, se confirmó que la madre del niño no hacía nada al respecto.
Tanto ella como el padrastro fueron aprehendidos el día de los hechos.
Los magistrados también dispusieron el pago de una multa de cuarenta salarios básicos unificados y una reparación integral de 20.000 dólares a favor de la víctima.
El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), en concordancia con el artículo 26, inciso segundo, y el artículo 42 del mismo cuerpo legal.