Le ofreció ayudarla a practicarse un aborto con brebajes, pero terminó violando a su víctima

Redacción Vistazo
La víctima deseaba practicarse un aborto utilizando brebajes.

Un Tribunal de Garantías Penales sentenció a Roberto Marcelo P. T. a una pena privativa de la libertad de veintidós años, por el delito de violación.

Julio Idrovo Castro, de la Fiscalía de Violencia de Género 7, demostró con prueba documental, testimonial y pericial la materialidad de la infracción penal y la responsabilidad del procesado.

Según manifestó durante la audiencia de juicio, el 23 de septiembre de 2020, la víctima llegó a la casa del acusado acompañada de una amiga. Ella deseaba practicarse un aborto utilizando brebajes, fabricados con supuestos medicamentos naturales.

Roberto Marcelo P. T. le dio la sustancia en varias dosis durante toda la tarde y noche. El último vaso lo ingirió alrededor de las 23:00. Luego, el sentenciado le suministró cuatro copas de alcohol artesanal, lo que provocó reiterados episodios de vómito a la joven.

Las autoridades informaron que el victimario no comunicó nada sobre el estado de salud a las autoridades. Al contrario, la llevó hasta la ducha de su vivienda, situada en Cumbayá, provincia de Pichincha, la bañó y luego la hizo recostar desnuda en una cama. Aprovechándose de su estado de inconsciencia, perpetró el delito.

El fiscal del caso expuso ante el Tribunal el testimonio anticipado de la víctima y de otras personas que conocieron estos hechos. Además, presentó el informe médico-legal que confirmó la violación.

Así mismo, la pericia genética y biomolecular corroboró la presencia de espermatozoides en el cuerpo de la víctima. Tras un cotejamiento científico, se ratificó que estos correspondían al material genético de Roberto Marcelo P. T.

Otro elemento contundente para la sentencia fue la pericia toxicológica que determinó la presencia de alcohol en el organismo de la víctima. Con esto, se logró justificar que la joven agredida se encontraba privada de la razón y el sentido.

Todos estos elementos, sumados al diagnóstico psicológico permitieron a los jueces concluir la responsabilidad del procesado en el delito de violación y declararlo culpable, en calidad de autor.

Además de la pena privativa de la libertad, el Tribunal Penal también dispuso el pago de una multa de 800 salarios básicos del trabajador y de una reparación integral que asciende a los 5.500 dólares a favor de la víctima.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) en el artículo 171 sanciona al delito de violación con una pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años: “cuando la víctima se halle privada de la razón o del sentido, o cuando por enfermedad o por discapacidad no pudiera resistirse”.