Juez del caso Ruales advierte a los abogados de los procesados; aclara sobre caducidad de la prisión preventiva
Por el asesinato del presentador de televisión, Efraín Ruales, ocurrido hace más de seis meses (el 27 de enero de 2021) hay siete personas vinculadas y en espera de audiencia preparatoria de juicio. La investigación fiscal, que hasta el momento no ha dado detalles sobre la identidad del autor intelectual, ha involucrado a los presuntos autores materiales y ha obtenido varios indicios sobre la logística del crimen.
En ese sentido, tras la culminación de la instrucción fiscal a cargo de Víctor González, el proceso ahora está en manos del juez de la Unidad Judicial Norte, con sede en Guayaquil, Reinaldo Cevallos, quien ya hizo una convocatoria para el pasado lunes 2 de agosto. No obstante, la diligencia tuvo que ser diferida.
El motivo fue por un escrito presentado por el abogado que recién asumía la defensa técnica del procesado Juan Carlos R. Q., en el que solicitó se difiera la presente audiencia.
"Conforme indica el procesado (...), a efecto de que su nuevo abogado defensor pueda contar con el tiempo suficiente y con los medios adecuados para la preparación de su defensa, se acepta, por esta única ocasión la solicitud de diferimiento de la audiencia convocada", recoge la providencia emitida por el magistrado.
La vinculación de la única mujer en el caso de Efraín Ruales revelaría más pistas
Pese al retraso, el juez hizo una aclaración respecto a los tiempos para una posible caducidad de la prisión preventiva. Cevallos dejó "claramente establecido que este lapso de tiempo entre el diferimiento de la audiencia y la nueva convocatoria no será tomado en consideración, para efecto del cómputo de la caducidad de la prisión preventiva, por haber sido provocado por parte del procesado".
Y convocó nuevamente a los sujetos procesales para la audiencia preparatoria de juicio que se realizará el próximo 13 de agosto de 2021. Además, el juez lanzó una advertencia:
"En caso de no comparecer cualquiera de los abogados defensores particulares de los procesados, actúe en representación de estos, uno de los defensores públicos de turno".
Por último, advirtió a los abogados patrocinadores autorizados dentro del presente caso, "que tienen la obligación de comparecer a la diligencia señalada, de no hacerlo el suscrito Juez, de conformidad a lo que dispone el numeral 4 del Art. 131 del Código Orgánico de la Función Judicial, impondrá la sanción correspondiente".
Mientras que, los partícipes en el juicio por asesinato se podrán conectar vía telemática.