Judicatura alega que no puede iniciar de oficio un procedimiento contra el juez que favoreció a Jorge Glas
El Consejo de la Judicatura (CJ) se pronunció sobre el hábeas corpus concedido al exvicepresidente de la República, Jorge Glas, condenado a ocho años de prisión por varios casos de corrupción y liberado el domingo 11 de abril por un recurso de "habeas corpus".
Luego de un fallo de Javier Moscoso, magistrado de la parroquia Manglaralto, el exvicepresidente que guardaba prisión desde finales de 2017, con dos sentencias en firme por casos de asociación ilícita y cohecho, además de un proceso por peculado que está en apelación, salió de la cárcel de Latacunga.
La institución, presidida por Fausto Murillo, indicó que, al tratarse de una actuación y decisión jurisdiccional, el CJ está obligado a respetar el principio de "independencia interna", por lo que no le corresponde pronunciarse sobre el fondo de la decisión del Juez de la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Santa Elena.
Y alegó que, en razón de la sentencia 3-19 CN/20 de la Corte Constitucional del 29 de julio de 2020, así como de las reformas al COFJ del 8 de diciembre de 2020, el CJ no puede iniciar un procedimiento disciplinario de oficio contra el juez que otorgó la garantía.
Aunque, puntualizó que, en caso de presentarse una denuncia administrativa, se iniciará el procedimiento disciplinario respectivo.
El CJ también indicó que, de conformidad al art. 44 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, en las acciones de hábeas corpus el legitimado pasivo (demandado) es el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI), que tiene la facultad de presentar los recursos que considere pertinentes contra la sentencia emitida.
Por su parte, el ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, solicitó al director del SNAI, Pablo Ramírez, que agote "todos los mecanismos de impugnación de la sentencia".
Asimismo, Jiménez, en un escrito, advirtió que serán necesarias las coordinaciones con la Procuraduría y la Fiscalía para que las acciones contribuyan al "buen desarrollo de los procesos penales propuestos en contra de dicho ciudadano".
El SNAI, justamente, presentó el domingo un recurso de apelación a la sentencia ante el juez Diego Moscoso, al considerar que el recurso de "habeas corpus" es "improcedente".