Exjuez, que devolvió bienes a la familia de alias 'Fito', recibió arresto domiciliario por ser adulto mayor
Un exjuez que es procesado por devolver bienes, de forma ilegítima, a la familia de José Adolfo Macías Villamar, alias ‘Fito’, recibió arresto domiciliario. El exmagistrado es acusado de presunto delito de prevaricato.
Luego de casi cinco meses, se instaló la audiencia de formulación de cargos en contra de Juan Eduardo E. Z., quien fungía como juez de Manta.
El sujeto de 65 años habría devuelto bienes a la familia de alias ‘Fito’ en el contexto de un proceso por lavado de activos, enriquecimiento ilícito y defraudación tributaria que la Fiscalía llevó adelante en el año 2020.
En esa época, el Ministerio Público recuerda que Juan Eduardo dictó auto de sobreseimiento a favor de cinco familiares del líder criminal, entre ellos Inda Mariela P. T. (esposa) y dos empresas. También ordenó que se levante la incautación y prohibición de enajenar que pesaba sobre varios vehículos e inmuebles.
Sin embargo, el Fiscal que llevó la causa presentó un recurso de apelación. El 4 de enero de 2021, el proceso fue sorteado a la Sala Especializada de lo Penal, Penal Militar, Penal Policial y Tránsito de la Corte Provincial de Justicia de Manabí, la misma que avocó conocimiento el 7 de enero de 2021.
Pese a que el caso ya no estaba a su cargo, el exmagistrado suscribió los oficios de levantamiento de la incautación de los bienes a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Inmobiliar y Registro de la Propiedad de los cantones Manta y Bolívar.
“La interposición de un recurso suspenderá la ejecutoria de la decisión, con las salvedades previstas en este Código”, precisó el Fiscal Provincial de Pichincha durante la formulación de cargos.
Es así que la jueza ordenó arresto domiciliario, ya que el procesado es adulto mayor. Además, se dispuso prohibición de enajenar sus bienes. La instrucción fiscal durará 90 días por presunto prevaricato.
Juan Eduardo E. Z. podría ser sancionado con pena privativa de libertad de 5 a 7 años y multa de 20 a 30 salarios básicos unificados. Se impondrá además la inhabilitación para el ejercicio de la profesión u oficio por doce meses.