Compras superiores a $50 ya no podrán emitirse a nombre de "consumidor final": ¿qué implica el cambio?

Es decir que, todos los negocios obligados a entregar facturas por venta de bienes o servicios deberán pedir los datos del cliente desde los $50 en adelante.
Redacción Vistazo

Las facturas superiores a $ 50 ya no podrán emitirse a nombre de "consumidor final", luego de una modificación que hizo el presidente de la República, Guillermo Lasso, a las reformas al Reglamento de Comprobantes de Venta, Retención y Documentos Complementarios.

Mediante el Decreto Ejecutivo 586, suscrito el pasado 31 de octubre, el primer mandatario modificó el numeral 1 del artículo 19 del reglamento, al sustituir la frase "US $200 (dos cientos dólares de los Estados Unidos de América)" por "US $50,00 (cincuenta dólares de los Estados Unidos de América)".

Anteriormente, el artículo estipulaba en los requisitos para el llenado de facturas, que las mismas contendrían la siguiente información sobre la transacción:

"1. Identificación del adquirente con sus nombres y apellidos, denominación o razón social y número de Registro Único de Contribuyentes (RUC) o cédula de identidad o pasaporte, cuando la transacción se realice con contribuyentes que requieran sustentar costos y gastos, para efectos de la determinación del impuesto a la renta o crédito tributario para el impuesto al valor agregado; caso contrario, y si la transacción no supera los US $ 200 (doscientos dólares de los Estados Unidos de América), podrá consignar la leyenda 'CONSUMIDOR FINAL'".

Con la modificación, ahora se deberá entregar la información personal para que conste en el documento. Es decir que, todos los negocios obligados a entregar facturas por venta de bienes o servicios deberán pedir los datos del cliente desde los $50 en adelante. Anteriormente, la base era de $200.

Según el Ejecutivo, el cambio busca transparentar los gastos de las familias así como de los contribuyentes.

FACTURACIÓN ELECTRÓNICA

Quedan menos de dos semanas para que las personas naturales y sociedades se incorporen al esquema de facturación electrónica.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) en su último reporte detalló que desde enero hasta el 26 de octubre de 2022, 136.196 nuevos contribuyentes se han incorporado al esquema de facturación electrónica, lo que significa que el 92% de la facturación del Ecuador ya se realiza electrónicamente.

Se espera que el porcentaje restante, sin considerar negocios populares, ya se incorpore a este esquema hasta el próximo 29 de noviembre, como lo dispone la Ley para el Desarrollo Económicoy Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, para ello los contribuyentes necesitan adquirir su firma electrónica.

Desde el 30 noviembre de 2022, todas las personas naturales y sociedades deben emitir comprobantes electrónicos, con excepción de los negocios populares sujetos al RIMPE. Estos contribuyentes deben continuar emitiendo notas de venta y demás documentos complementarios preimpresos en sus actividades.

Los negocios populares son aquellos con ingresos de hasta USD 20.000 anuales. Para revisar si son un negocio popular, los contribuyentes pueden obtener su certificado de RUC en www.sri.gob.ec, opción SRI en Línea, certificados del menú de RUC.

Según ha destacado el SRI, la facturación electrónica brinda mayor seguridad en el resguardo de los documentos, ahorro en el gasto de papelería, archivo físico y contribuye al medio ambiente, debido al ahorro de papel y tintas de impresión. También facilitaría el cumplimiento de las obligaciones tributarias, ya que la información de compras y ventas respaldadas en comprobantes electrónicos, se visualiza prellenada en las declaraciones sugeridas.