Caso Naranjal: padre, madrastra y abuela de niño irán a juicio por presunta tortura

El padre, la madrastra y la abuela del niño que fue víctima de una presunta violación y tortura en Naranjal.
Redacción Vistazo

El padre, la madrastra y la abuela del niño que fue víctima de una presunta violación y tortura en Naranjal, provincia del Guayas, irán a juicio.

El juez Wilmer Tapia Cabrera acogió el pedido de Fiscalía y llamó a juicio a Maicon V. M., padre del niño; Mariana Q. H., madrastra; y, Paula V., abuela; como presuntos autores del delito de tortura.

La investigación se abrió –de oficio– luego de una serie de hechos registrados en septiembre pasado: un niño de 6 años habría sido violentado física y sexualmente en el hogar en el que vivía con los ahora procesados y cinco hermanastros, hijos de la pareja agresora.

Un informe médico reveló varias de las agresiones físicas en contra del niño: se evidenció un palo introducido en su recto.

La fiscal del caso, Yoli Pinillo, presentó ante el Juez su dictamen acusatorio, sobre la base de los elementos recabados durante la instrucción fiscal, que incluyeron los informes de valoración médica, psicológica y de entorno social, en los que la víctima narró las agresiones físicas y sexuales de los que fue víctima –como castigo– por parte de su madrastra.

A esto se sumó el informe médico-legal, la historia clínica, versiones de médicos y allegados del entorno familiar, entre otros.

Al finalizar la diligencia, el juez llamó a juicio a todos los procesados y ratificó las medidas cautelares de carácter personal y real contra ellos.

Maicon V. M., padre del niño, y Mariana Q. H., madrastra del infante, se encuentran con prisión preventiva, mientras que la abuela, Paula V., continuará con las presentaciones periódicas ante la autoridad competente.

Asimismo, se ratificaron las medidas de protección a favor del niño y de su madre biológica.

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Alrededor de este caso, la madrastra también es procesada por el delito de violación, que habría perpetrado contra el mismo niño, ahora de 7 años.

El delito de tortura está tipificado en el artículo 151 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona la responsabilidad de estos actos con una pena privativa de libertad de siete a diez años.