Exjuez Ángel Lindao admitió haber favorecido al narcotraficante Leandro Norero: es sentenciado por prevaricato
El exjuez de La Concordia, Ángel Lindao, ha sido sentenciado por prevaricato tras devolver, de forma ilegítima, un bien al narcotraficante Leandro Norero, conocido como alias "El Patrón" (+).
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En esta causa, Lindao aceptó que, como Juez de La Concordia, conoció la acción de protección presentada por integrantes de la organización criminal investigada en la trama de corrupción Metástasis.
La colaboración del procesado con la organización criminal fue en el ámbito judicial. En su calidad de Juez de La Concordia conoció el recurso, en el cual se solicitaba que se levantaran las medidas cautelares reales que pesaban sobre los bienes de Norero, en el proceso de lavado de activos; específicamente por un inmueble ubicado dentro de una urbanización exclusiva en la vía a Samborondón.
Dicha decisión judicial resolvió devolver el inmueble de Norero, a cambio del pago de 50.000 dólares, que fueron evidenciados en la materialización de los chats expuestos por Fiscalía
Durante la audiencia de procedimiento abreviado, el Fiscal provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas presentó varios elementos de convicción, como las copias certificadas del expediente de acción de protección, criterios jurídicos respecto a una sentencia constitucional y documentación relacionada con la causa contra Norero por lavado de activos, así como el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, es decir la Unidad Judicial Multicompetente del cantón La Concordia.
Este es el segundo fallo condenatorio que pesa sobre Ángel Lindao. En julio de 2024 ya fue sentenciado a cuarenta meses de prisión en el caso Metástasis, como autor de delincuencia organizada, también a través de un procedimiento abreviado.
En la reciente audiencia de procedimiento abreviado, Lindao aceptó su participación como autor directo del delito, por lo que fue sentenciado a veinticuatro meses de pena privativa de la libertad.
En su dictamen, el Juez de la Corte Provincial de Justicia de Santo Domingo de los Tsáchilas dispuso como reparación integral: ofrecer disculpas públicas a la administración de justicia y la publicación de la sentencia en la página web del Consejo de la Judicatura.
El artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) establece que el prevaricato será sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años. En este caso, el procesado se acogió al procedimiento abreviado, conforme a los artículos 635 y 636 del mismo cuerpo legal.