Corte IDH falla contra el Estado ecuatoriano por no proteger a los pueblos aislados

La demanda se inició en 2006. La primera masacre documentada de pueblos Tagaeri Taromenane se produjo en 2003. En 2013, una matanza dejó a dos niñas, de 2 y 6 años, en orfandad. Ellas fueron separadas y criadas en hogares waoranis. La sentencia de la Corte IDH busca medidas de reparación para ambas.
En 30 puntos se resume la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que se hizo pública esta tarde. En esencia, el Estado ecuatoriano es responsable por la violación a los derechos a la vida, a la protección de la niñez, a la integridad, a los pueblos indígenas en aislamiento, según el pronunciamiento sin precedentes.
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“Esta es una sentencia extremadamente importante a nivel histórico. Como dijo la presidenta de la Corte Interamericana, es la primera vez que esta corte se pronuncia sobre derechos de pueblos en aislamiento”, explicó a Vistazo el jurista Mario Melo, procurador común de los demandantes.
La demanda internacional comenzó en 2006, con el pedido de medidas cautelares. Las primeras matanzas a clanes Tagaeri Taromenane, por las presiones de las industrias extractivas petroleras y madereras, se registraron a partir de 2003.
“La sentencia hace énfasis en el principio de autodeterminación de los pueblos indígenas y en virtud de eso, se garantiza la obligación de los estados de respetar la voluntad de los pueblos de permanecer en aislamiento. Cualquier actividad que realicen los Estados o grupos particulares debe ser prohibida o restringida”, explicó Melo.
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Uno de los puntos de la sentencia obliga a conformar una comisión técnica de evaluación de la zona de intangibilidad del territorio Tagaeri Taromenane. “La Corte recoge la discusión alrededor de los impactos que ha tenido la actividad petrolera en la zona”. Y en este sentido, uno de los aspectos fundamentales de la sentencia es conminar al cumplimiento de la voluntad popular expresada en la consulta del 20 de agosto de 2023: en ella, se impuso la tesis de dejar el petróleo bajo el bloque 43, llamado ITT en el Yasuní.
“La Corte está reforzando los principios de la naturaleza y la voluntad popular expresada en las urnas”.
En 2013 se produjo una matanza a un clan en aislamiento, por parte de un grupo waorani. Dos hermanas, de entonces dos y seis años, sobrevivieron. Ambas fueron separadas y llevadas a distintas comunidades waorani. El fallo de la Corte IDH se pronunció respecto al caso de ambas hermanas, sin mencionar su nombre.
Mencionó la posibilidad de que puedan reunirse, si fuera beneficio para ellas. Además, en el caso de la hermana mayor, debe evaluarse con ella si debe seguir recibiendo el estatus de testigo protegido.
La mayor de las hermanas comparó en una audiencia, ante la Corte, a través de un video grabado desde un rincón amazónico, donde ella vive. “Quiero que venga (la) Corte para hablar en persona... dicen que no pienso nada; que venga, y (que) diga al Gobierno que deje vivir libre con territorio. Que no acabe la selva”.