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Nacional

Todo lo que tiene que saber del impuesto predial en Quito

A partir del primero de enero del 2022, las personas pueden realizar la consulta y pago de los valores anuales correspondientes al impuesto predial en Quito.

lunes, 3 enero 2022 - 18:17
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A partir del primero de enero del 2022, las personas pueden realizar la consulta y pago de los valores anuales correspondientes al impuesto predial en Quito. Por ello, Vistazo le presenta 12 puntos que debe tomar en cuenta sobre este tributo:

¿QUÉ ES EL IMPUESTO PREDIAL?

Guillermo Montenegro, director metropolitano Tributario, explica que es un valor que se impone sobre la propiedad urbana o rural, con el cual el ciudadano contribuye a alimentar el presupuesto general del Municipio de Quito. Así se puede invertir en obras, programas específicos y en el gasto corriente.

“El impuesto predial urbano y rural tienen mecanismos de tarifas, exoneraciones y deducciones distintas. Si bien, los dos tienen el mismo objeto (la propiedad), cada uno se rige de acuerdo a la zona de ubicación”.

¿CÓMO SE CALCULA?

El impuesto rural y urbano tienen tablas tarifarias distintas, estas fueron reafirmadas por el Municipio el pasado 21 de diciembre. Cabe destacar que los valores no se han incrementado desde el 2018, según mencionó Montenegro.

Al momento de pagar la tarifa, se aplica un porcentaje conforme la tabla del impuesto predial, que en el caso de predios urbanos va desde el 0.25 x 1.000 hasta el 5 x 1.000 del valor catastral imponible; en tanto que en predios rurales va del 0.25 x 1.000 hasta el 3 x 1.000.

Por ejemplo, una persona tiene un solo predio avaluado catastralmente en 100 mil dólares, ese es el valor catastral imponible, y se aplicará la tarifa de 0.29 x 1.000, que corresponde a 29 dólares valor a pagar, conforme lo establece la tabla del impuesto predial.

Es relevante conocer, si la carga tributaria no varía, la que podría cambiar es la base imponible, generalmente ocurre cuando un bien inmueble tiene mejoras en su infraestructura, es decir que esos excedentes le darán un valor catastral mayor al que originalmente tenía.

Así mismo, existen personas que tienen varios bienes inmuebles, por lo que la suma de todos (valor catastral imponible) harán que el impuesto predial sea mayor, y aunque la tabla no se haya cambiado, si subirá de rango en la tabla de tarifas del impuesto predial, es decir que “el que más tiene más paga a eso se le llama progresividad”.

El impuesto predial puede cambiar en su revalorización, estos cambios también se dan a la baja, por ejemplo cuando el valor catastral imponible de una persona disminuye, ya sea por la venta de bienes inmuebles o hay varios herederos.

Todo dependerá de cómo aparezca el contribuyente con los bienes que posee (lo que se conoce como valor catastral imponible) al 31 de diciembre de cada año.

¿CÓMO SABER EL VALOR A PAGAR?

Las personas que quieran saber cuánto deben pagar por sus propiedades pueden conocer la cifra en el portal: https://pam.quito.gob.ec/ConsultadeImpuestos/

Siga los siguientes pasos:

1.- Seleccionar el botón Apellidos y nombres o Número de predio. No poner letras con tildes.

2.-Después de ingresar los datos tiene que colocar el código que se encuentra debajo del recuadro.

3.-Presionar el botón consultar.

4.-A continuación se desplegará el valor a pagar.

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Otra forma de saber el monto adeudado es enviando un mensaje al número 6367 con la palabra PREDIO + # PREDIO (Ejemplo: PREDIO 123)

EXONERACIONES

-Personas adultas mayores: 65 años (cumplidos al 31 de diciembre del año anterior), en adelante con ingresos mensuales estimados en un máximo de cinco (5) remuneraciones básicas unificadas (RBU) y que su patrimonio no exceda las quinientas (500) remuneraciones básicas unificadas (RBU).

-Personas con discapacidad: a partir del 30 % de discapacidad, según el porcentaje que conste en el carné del Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades (CONADIS) o del Ministerio de Salud Pública (MSP).

DEDUCCIONES POR PRÉSTAMO HIPOTECARIO

Cuando el préstamo hipotecario es por adquisición, construcción o mejoras del bien inmueble.

FORMAS DE PAGO

-Online: la página web https://pam.quito.gob.ec está habilitada desde el primero de enero del 2022, por lo tanto, ya puede hacer su pago de manera electrónica. También hay la opción de usar tarjetas de crédito y diferir.

-Instituciones Financieras: todos los bancos a nivel nacional tienen la facultad de cobrar el impuesto predial, así como, en la banca electrónica de las entidades.

-También están habilitados servicios auxiliares como: Servipagos, Western Union y Red Facilito.

-Para pagar se debe conocer el número de predio o título de crédito (comprobante de cobro).

-Cabe aclarar que no se puede cancelar de manera presencial en ninguna dependencia municipal de Quito.

BENEFICIOS DE PRONTO PAGO

Recuerde que si paga del 1 al 15 de enero del 2022 tiene un descuento del 10%, después el beneficio irá disminuyendo un punto porcentual. Por ejemplo, en la semana del 16 al 31 de enero tendrá el 9% de rebaja, luego el 8% y así sucesivamente hasta el 30 de junio cuando terminarán la reducción.

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RECARGOS

-A partir del 1 de julio al 31 de diciembre se aplicará el recargo del 10 % en los predios urbanos, según el artículo 512 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD).

-El recargo por mora no aumenta o disminuye con el paso de los meses.

¿QUÉ PASA SI NO PAGA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE?

Guillermo Montenegro, director metropolitano Tributario, señala que luego de culminado el año de pago se puede iniciar un proceso de cobranza a través de un juicio coactivo, pero se suman otros rubros: el interés moratorio y gastos judiciales, en caso de que inicie el proceso judicial.

“El juicio sería la última instancia, pues el Municipio brinda facilidades de pago. En caso de que esté acumulado puede saldar la deuda con tarjetas de crédito o enviando una petición en la página web para pagar en cuotas”.

Para acceder a este beneficio hay que cumplir dos condiciones: no tener otro proceso de incumplimiento anterior y el pagar al menos el 20% de entrada.

Esto le permitirá cancelar la deuda entre 12 y 24 meses.

RECAUDACIÓN 2021

Montenegro afirma que para el 2021 se tenía previsto que se cancelen 912 mil predios. Con corte al 30 de noviembre, se estima que han cancelado aproximadamente 574.000 impuestos prediales. Esto significa una recaudación de 67.5 millones.

“Este valor está dentro del comportamiento histórico que se estableció para el presupuesto del 2021, que era de 66.9 millones y hasta finales de noviembre alcanzamos los 67.5 millones, es decir se ha superado la meta de recaudación”.

TENER EN CUENTA

El director metropolitano Tributario advierte que cuando se ingresa a la plataforma para realizar el pago los usuarios se van a encontrar con dos rubros importantes: impuesto predial y CM (Contribución Especial de Mejoras). Son dos montos distintos.

La contribución especial corresponde a las obras que durante el año han sido reportadas por la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad Obras Públicas (EPMMOP). Se divide en dos grupos relevantes: obras locales y obras distritales.

Las locales son aquellas obras que el Municipio ha llevado a cabo en el barrio donde usted vive y las distritales se refieren a las actividades o programas a nivel metropolitano.

HORARIOS EXTENDIDOS

Atención ciudadana para asesoría e información en balcones de servicios de las administraciones zonales y contact center 1800510510 de 07H00 a 17H30 de lunes a viernes.

CANALES DE CONSULTA

Línea gratuita de servicios municipales 1800 510 510:

-Opción 1: autoconsulta

-Opción 6: agente telefónico

Correo electrónico:

[email protected]

Portal web: https://pam.quito.gob.ec (Chat- Bot)

WhatsApp: 023952310

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