Tres jueces de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, Lenin Zeballos, Jessy Monroy y Roberto Ángulo, fueron procesados por su presunta implicación en el delito de prevaricato.
La Fiscalía General del Estado formuló cargos contra los magistrados, en una audiencia realizada en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), este miércoles 18 de octubre de 2023.
La investigación de este caso se originó en la sentencia de la Corte Constitucional (CC) 2231-22-JP/23 de 7 de junio de 2023, donde se señala que los referidos jueces vulneraron el derecho a la seguridad jurídica del Banco Central del Ecuador.
El fiscal general del Estado (subrogante), Wilson Toainga, presentó varios elementos de convicción que incluyen versiones, oficios, acciones de personal de los ahora procesados y documentos de entidades del Estado.
También la sentencia de la CC en la que menciona que los jueces habrían incurrido en error inexcusable al aceptar una acción de protección que dejó sin efecto una medida cautelar ordenada en un proceso penal, desnaturalizando la garantía jurisdiccional.
Además, según Fiscalía, el juez Roberto Ángulo también habría incurrido en estas acciones al haber alterado arbitrariamente esta decisión para incluir nuevas víctimas no contempladas en ella, contraviniendo norma expresa.
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Por otra parte, la sentencia de la CC precisa que la acción de protección ordenó la restitución de 7´387.240 dólares y luego 5´236.930 dólares a los accionantes, en este caso liquidador de las empresas Ibicampus S.A., Lemantec S.A, Multiregi S.A. y Multisun S.A. Asimismo a exaccionistas de la empresa Judamain S.A., lo que causó un perjuicio al Estado.
El juez nacional, Felipe Córdova, luego de escuchar a las partes procesales ordenó que los procesados que se presenten una vez por mes ante la presidencia de la Corte Provincial de Justicia de Guayas, así como prohibición de salir del país y de enajenar bienes.
La instrucción fiscal de este caso tendrá una duración de sesenta días.
Fiscalía procesa este caso de acuerdo al artículo 268, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, que sanciona a los responsables de prevaricato con pena privativa de libertad de cinco a siete años y multa de veinte a treinta salarios básicos unificados del trabajador en general. Además, los jueces podrían ser inhabilitados para el ejercicio de la profesión u oficio por doce meses.