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Probidad: el parámetro de evaluación que sacude a los funcionarios judiciales

Vocal de la Judicatura plantea incorporar pruebas de probidad para evaluar a funcionarios judiciales.

viernes, 2 agosto 2024 - 09:23
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En cuatro meses, 53 funcionarios judiciales fueron destituidos. De ellos, 25 son jueces. Pero aún más grave, otros 36 siguen trabajando pese a tener expedientes en su contra. La propuesta de evaluar a 1.890 jueces, desde primer nivel hasta integrantes de cortes provinciales, con el parámetro de probidad sacude el tablero.

Pedía que conversaran por la aplicación Signal. A través de esa plataforma, desde su celular, la entonces jueza multicomptente G. Ortega explicaba que “ya pidió que despachen” y que “ya le van a entregar la boleta a Novi”. Esto consta en el expediente disciplinario abierto en su contra, que fue conocido por el pleno del Consejo de la Judicatura el 19 de junio. En esa sesión extraordinaria, siete funcionarios judiciales fueron destituidos porque su imparcialidad judicial quedó en entredicho.

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Según el expediente en contra de la funcionaria, al cambiar la figura delictual por la que se procesaba al narcolavador Leandro Norero, de tráfico de armas a tenencia de armas, se lo beneficiaba directamente. En sus conversaciones clandestinas se refería al abogado que negociaba los beneficios para Norero. Tras conocer el caso en detalle, los cuatro vocales de Judicatura votaron por la destitución de la funcionaria, en forma unánime.

En la misma sesión fue destituido el hasta entonces juez de lo penal de la corte provincial de Guayas, A. Gaybor. Del expediente disciplinario en su contra se desprende que habría negociado resoluciones que favorecieron a la familia Norero. En específico, a su hermano Israel. Sus decisiones “ponen en tela de juicio su imparcialidad como juez”, advierte el documento que recomienda su destitución. Ésta fue adoptada, también en forma unánime por los cuatro vocales de la Judicatura presentes en la sesión extraordinaria de junio.

De igual forma, con cuatro votos, fue destituido el hasta entonces juez de la sala de lo civil de la corte provincial de Cotopaxi, S. Zumba. El expediente disciplinario que conoció el pleno de la Judicatura establece que conoció el caso del hermano de Norero, “tuvo contacto con la organización” y “habría asesorado al acusado”. Pero además, en el curso del proceso en su contra se establece que al parecer hubo una “entrega de dinero”.

Parece insólito pero en esa sesión extraordinaria, durante aproximadamente dos horas, se expusieron los casos de siete funcionarios acusados de colaborar con el crimen organizado, en lugar de administrar justicia y actuar con probidad. Todos fueron destituidos por unanimidad.

Los siete no son casos aislados. Desde el 28 de febrero hasta el 28 de junio de 2024, en cuatro meses, 53 operadores de justicia fueron destituidos por el Consejo de la Judicatura.

$!En cuatro meses, 53 funcionarios judiciales fueron destituidos. De ellos, 25 son jueces.

53 destituidos en cuatro meses

La vocal Solanda Goyes se vinculó al Consejo de la Judicatura a fines de febrero de 2024. Ella explica que impulsa con energía esta política de severidad en el control. “Hemos impuesto una postura firme, más acorde a lo que dicen la Constitución y la ley sobre el deber del control disciplinario, que es una de las funciones del Consejo de la Judicatura”.

“Lamentablemente, que una función judicial presente como éxito la cifra de 53 funcionarios destituidos no es un gran éxito, porque la destitución de un funcionario en un sistema judicial que esté sano debería ser la excepción, no la regla. Algo está pasando que nos llegan tantos casos que tienen como consecuencia la destitución. El tema de fondo es que no debería haber tantos casos de control disciplinario”.

El Consejo de la Judicatura (CJ) es, según la Constitución, el órgano de gobierno de la función judicial y tiene a su cargo el talento humano. Entre funcionarios de carrera jurisdiccional, fiscal, defensorial y notarial totalizan más de 16 mil servidores.

La Constitución determina que el CJ es responsable de organizar los concursos para nombramientos, las evaluaciones periódicas, el control disciplinario. Además, velar por la transparencia.

Cuando un funcionario, sea juez, fiscal u otro servidor, incurre en una falta de las establecidas en el Código Orgánico de la Función Judicial, puede ser sancionado en tres vías, explica Goyes, en entrevista con Vistazo.

Una falta leve puede generar una amonestación con multa. Una falta grave puede generar una suspensión sin salario hasta por 30 días. Y una falta gravísima se sanciona con la destitución. El CJ puede conocer y resolver en los tres casos. “Lo que hemos implementado en este último período, y en mi caso he impulsado una política de mayor severidad dentro de las unidades de control disciplinario, porque esto funciona en las provincias y de las provincias llega hasta el Pleno para conocimiento de los casos de destitución, por ejemplo. Pero hemos visto prácticas que buscaban evitar la sanción al funcionario”. Cita el caso del juez de Santo Domingo, E. Curipallo. Se abrieron más de 30 procesos disciplinarios. Todos fueron archivados, en todos fue absuelto. Recientemente, los chats del caso Metástasis, abierto por Fiscalía, refieren que él habría pagado a un asesor del CJ para evitar la sanción. Por eso fue sentenciado.

Goyes anuncia que la depuración no tiene vuelta atrás. El espíritu de cuerpo, el pago de favores y la compra de perdones debe ser desterrada de la función judicial, para terminar con la impunidad.

En esa línea, planteó ante el CJ un mecanismo de evaluación de los funcionarios de justicia (desde jueces de primer nivel hasta jueces de cortes provinciales) que incluye un parámetro inédito, hasta ahora. Lo novedoso es que la propuesta busca incorporar el factor de la probidad.

$!Solanda Goyes, vocal del Consejo de la Judicatura.

Barbas en remojo

Según lo previsto por la normativa vigente, el CJ debe realizar una evaluación cada tres años, en parámetros cuantitativos, cualitativos y de probidad.

Hasta ahora, las evaluaciones han incluido indicadores cuantitativos, que se relacionan con el número de sentencias; y cualitativos, que tienen que ver con la calidad de los fallos.

Nunca se incluyó el parámetro de probidad como criterio para incorporar a funcionarios a la función, para evaluarlos o inclusive para desvincularlos, advierte la vocal Solanda Goyes.

Desde el año 2020, el Código Orgánico de la Función Judicial incorporó el factor de las pruebas de confianza.

Según la propuesta de la vocal, deben aplicarse pruebas de confianza de carácter fisiológico y no fisiológico. Las primeras detectan la reacción de una persona, a través del polígrafo, el análisis del iris del ojo y el estrés del voz. La del polígrafo suele ser considerada como invasiva. Según Goyes, la adecuada sería la del análisis del iris del ojo, en la cual la persona contesta un cuestionario.

“Estas pruebas no determinan si alguien está mintiendo, sino la confianza que se puede tener en una persona, además no son determinantes. La Corte Constitucional de Colombia ya determinó que estas pruebas son constitucionales pero tienen que reunir ciertas condiciones, una es el consentimiento informado. Entonces, el resultado se convierte en un insumo para que un psicólogo con otra batería y otros dispositivos disponibles, establezcan los datos”.

“Cuando uno hace esto no se vuelve la persona más popular pero hay suficientes razones”. Goyes advierte que la evaluación permitirá identificar a los buenos funcionarios, que son la mayoría, porque ese mecanismo también debe permitir la promoción de quienes hacen bien su trabajo. “Lo primero que permitirá la evaluación es reconocer a los buenos funcionarios que yo creo son la mayoría, que viven de su salario, que trabajan con mística”.

Hasta marzo, se había identificado que el grupo de evaluables bordea los 1.890 jueces de primer nivel en todas las materias, multicompetentes, penales, civiles, de familia, de violencia contra la mujer, de adolecentes infractores. En un segundo nivel están los miembros de tribunales de garantías penales y penitenciarias, contencioso administrativos; los tribunales de lo contencioso tributario. En tercer nivel, los funcionarios de cortes provinciales.

Para Goyes resulta inexplicable que desde que planteó el proyecto, cuatro meses atrás, no lo haya discutido el CJ. Tampoco se explica cómo ella estuvo excluida durante dos meses del pleno, toda vez que el vocal principal (Xavier Muñoz) estaba privado de la libertad. Ella asumió la vocalía una vez que Muñoz renunció a ese cargo en el Consejo de la Judicatura.

Además, asegura que hay un grupo de funcionarios judiciales que lograron esquivar el control disciplinario. Se trata de 36, 31 jueces y juezas y cinco fiscales. En cada uno de los casos, sus jueces superiores dictaminaron sus malas actuaciones judiciales. Esta es causal de destitución, pero no prosperó. Al margen de la ley, se dictaminó su “estado de inocencia”. Por todo esto, se necesita una depuración completa.

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