Dos ciudadanos fueron procesados por fraude electoral y alteración de evidencias y elementos de prueba, en el marco de la segunda vuelta de las elecciones anticipadas llevadas a cabo este domingo 15 de octubre de 2023.
Juan Carlos B. P. y Jorge Luis A. A. conformaban una Junta Receptora del Voto (JRV) instalada en la Unidad Educativa Básica Abdón Calderón, en la provincia de Sucumbíos.
Contra Juan Carlos B. P y Jorge Luis A. A., Fiscalía presentó cargos en audiencias por separado, aunque su aprehensión tuvo relación con los mismos hechos.
En una de las diligencias, el fiscal a cargo de procesarlos dijo que Juan Carlos B. P. –secretario de la mesa electoral– habría ingresado catorce papeletas en la urna, trece de ellas con el voto consignado a favor de una candidatura y la otra en blanco.
De esto, dijo el fiscal, se percató la coordinadora del recinto electoral quien, a su vez, alertó a un militar asignado al lugar para brindar seguridad. El uniformado comunicó esta novedad a un policía.
Cuando este último llegó a la JRV, encontró las papeletas partidas por la mitad. El presidente de mesa, Jorge Luis A. A., dijo que él las destruyó por disposición de una coordinadora del recinto electoral, quien le habría explicado que ese es el procedimiento que se sigue en esos casos.
Pese a su explicación, al igual que el secretario, él también fue aprehendido pues habría incurrido en el delito de alteración de evidencias y elementos de prueba.
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En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, que se instaló para resolver la situación jurídica de Juan Carlos B. P., Fiscalía expuso los elementos de convicción para fundamentar su pedido de prisión preventiva, pero el juez resolvió ordenar presentaciones periódicas y la prohibición de salida del país. La instrucción fiscal en esta causa tiene un plazo de treinta días.
En cuanto a Jorge Luis A. A., su causa se resolverá a través de un procedimiento directo, con una instrucción fiscal de 20 días. La audiencia de juicio se llevará a cabo el 6 de noviembre de 2023, a las 11:00.
Fiscalía también solicitó para él la prisión preventiva, pero el juez dictó presentaciones periódicas y la prohibición de salida del país.
El delito de fraude electoral, por el que es procesado Juan Carlos B. P., está sancionado en el artículo 334 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con una pena de cinco a siete años.
La infracción por la que es procesado Jorge Luis A. A. es la de alteración de evidencias y elementos de prueba, sancionada en el artículo 292 del COIP con una pena de uno a tres años.