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En nueve provincias se podrán realizar las declaraciones al SRI hasta septiembre

sábado, 9 julio 2022 - 18:22
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El Servicio de Rentas Internas (SRI) amplió el plazo de pagos correspondientes a declaraciones y anexos para los contribuyentes hasta septiembre. Esto se debe para apoyar a las provincias que resultaron más afectadas por el Paro Nacional en junio. Según el comunicado del SRI, la medida aplica para Chimborazo, Tungurahua, Azuay, Imbabura, Cotopaxi, Pichincha, Sucumbíos, Pastaza y Orellana. Quienes se encuentren en una provincia diferente deben cumplir los plazos previstos en la normativa legal.

Francisco Briones, director general del SRI, indicó que la decisión fue tomada considerando “la extrema situación” que atravesaron los contribuyentes en dichas provincias. Agregó que la resolución es una forma de “dar un respiro” a quienes vieron o interrumpieron sus actividades económicas por los 18 días que duró el paro.

Esta resolución amplía el plazo hasta septiembre para la presentación de las declaraciones y anexos cuya fecha de vencimiento es en julio de 2022. En la página web se detalla que los contribuyentes que deben tener registrado su domicilio tributario en las nueves provincias podrán pagar hasta el 28 de julio los valores del Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a los Consumos Especiales (ICE), además de las retenciones en la fuente del impuesto a la renta correspondiente a junio del 2022 sin intereses ni multas.

Los demás contribuyentes pueden declarar y pagar sin multas ni intereses estos valores a junio del 2022 y al primer semestre del año, según corresponda, de acuerdo con los plazos previstos en el calendario:

Hasta el 15 de septiembre, los contribuyentes con RUC terminado en 1 y 2.

Hasta el 21 de septiembre, los contribuyentes con RUC terminado en 3 y 4.

Hasta el 23 de septiembre los contribuyentes con RUC terminado en 5 y 6.

Hasta el 27 de septiembre los contribuyentes con RUC terminado en 7 y 8.

Hasta el 29 de septiembre los contribuyentes cuyo RUC termina en 9 y 0.

Para los contribuyentes obligados a presentar el Informe de Cumplimiento Tributario (ICT) correspondiente al ejercicio fiscal 2021 y sus anexos, se podrán regir al siguiente calendario:

10 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 1

12 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 2

14 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 3

16 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 4

18 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 5

20 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 6

22 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 7

24 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 8

26 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 9

28 de septiembre contribuyentes con RUC terminado en 0

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