Luego de escuchar la argumentación de las partes procesales, la presidenta de la Corte Provincial de Justicia de Manabí dispuso prohibición de salida del país y presentación periódica ante la autoridad.
La magistrada también dictó prohibición de enajenar bienes del procesado y señaló el inicio de la instrucción fiscal de noventa días.
Durante la audiencia de formulación de cargos, el fiscal del caso explicó que la institución inició una investigación previa luego de conocer sobre la denuncia de una persona, presuntamente perjudicada por una decisión de exfuncionario público, que falló en su contra en un juicio de inquilinato.
Para sustentar su acusación, Fiscalía presentó, como principales elementos de convicción, la sentencia emitida por el exjuez; la calificación de manifiesta negligencia (por los mismos hechos denunciados) emitida por el Consejo de la Judicatura; y, la resolución con la cual se lo destituye de su cargo.
Además, se expuso la denuncia presentada por la víctima, el reconocimiento del lugar de los hechos y el acta de levantamiento de evidencias encontradas en un allanamiento realizado por la Fiscalía General del Estado, en diciembre de 2022.
La institución emitió un comunicado público, rechazando las acciones del procesado, en otras decisiones que, bajo su criterio, se encuentran apartadas de la Ley, como la emisión de boleta de excarcelación de una persona con sentencia por robo agravado. Asimismo, por la decisión con la cual Daniel Salcedo recobró su libertad, aunque sobre él pesan tres sentencias condenatorias.
El delito de prevaricato se encuentra tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal y sanciona a las o los árbitros en derecho que fallen contra ley expresa, en perjuicio de una de las partes, con pena privativa de libertad de tres a cinco años.
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LIBERTAD DE SALCEDO
El pasado 9 de diciembre, el sentenciado Daniel Salcedo salió de la cárcel 4 de Quito, luego de que García emitiera una boleta de excarcelación.
El entonces magistrado consideró que, en cinco procesos penales, existía la caducidad en la prisión preventiva.
Sobre Salcedo pesan tres sentencias condenatorias: una por peculado en el denominado caso ‘Fundas para cadáveres’, otra por fraude procesal y una más por ingreso de artículos prohibidos a la cárcel donde estaba recluido desde hace tres años.
Por su parte, la Fiscalía manifestó su rechazo a la decisión de García, pues dijo que era una mala interpretación de la normativa legal vigente.