La Fiscalía General del Estado alertó este viernes, 14 de enero, que la defensa del sentenciado Daniel Salcedo, pretende desconocer lo estipulado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), respecto a la prisión preventiva, para efectuar un habeas corpus a favor de él con lo que quedaría en libertad.
En un comunicado, se menciona que la defensa de Salcedo está a cargo de Dalo Bucaram. Sin embargo, él señaló a Vistazo que eso es mentira.
"Asistí como otros juristas a escuchar la audiencia vía telemática. De hecho, no escuche toda la audiencia, estuve conectado una hora", dijo Bucaram
Reiteró: "Pueden incluso verificar en el sistema SATJE, o en el mismo proceso de habeas corpus, para que constanten que yo no soy abogado de esa causa, ni de ninguna del señor Salcedo".
Después, Fiscalía explica que los abogados de Salcedo pretenden usar el habeas corpus aduciendo la caducidad de la prisión preventiva, dentro del proceso por delincuencia organizada, que todavía no tiene sentencia.
Lo que sería un intento de desconocer lo señalado en el artículo 541, numeral 3, del COIP.
Este apartado de la ley indica que “el plazo para que opere la caducidad se contará a partir de la fecha en que se hizo efectiva la orden de prisión preventiva. Dictada la sentencia se interrumpirán esos plazos”.
Es decir que Salcedo ya está condenado por los delitos de peculado, fraude procesal e ingreso de artículos prohibidos a la cárcel, por lo tanto, ya no cabría el habeas corpus.
“Hacemos un llamado a los demás órganos de la Función Judicial para que, sobre la base de sus competencias, observen este tipo de casos que pretenden distorsionar la normal legal y favorecer a quien ya ha sido hallado como responsable del cometimiento de un delito, generando impunidad”, reza el comunicado.
Salcedo permanece recluido en la Cárcel 4, en el norte de Quito, debido a una sentencia de 13 años de prisión por peculado en la compra de insumos médicos en el hospital Los Ceibos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS); otra de cuatro años por fraude procesal; y tres por el delito de ingreso de artículos prohibidos a la cárcel.
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