La Corte Provincial de Justicia de Manabí rechazó el recurso de apelación de Fiscalía, con el que buscaba se imponga la pena máxima agravada en contra de Omar Vinicio O., exjuez de Garantías Penitenciarias y Einstein Reinaldo R. R., Rodrigo Miguel M. M., Eker Cayetano G. G., exfuncionarios jurídicos del Servicio Nacional de Atención Integral a las Personas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI); sentenciados por asociación ilícita y concusión, en concurso real de infracciones, dentro del caso conocido como 'El Rodeo'.
Fiscalía también apeló la sentencia de Marcos Felicísimo A., abogado en libre ejercicio, para que se le imponga una pena de cinco años, por ser autor directo del delito de asociación ilícita.
Sin embargo, la Sala de lo Penal de la Corte ratificó la pena mínima de seis años de prisión para los exfuncionarios públicos, así como la condena de tres años para el abogado.
En la audiencia de apelación a la sentencia, la fiscal provincial de Pichincha, Ruth Amoroso, pidió a la Corte Provincial de Justicia de Manabí que, por la gravedad de los delitos cometidos, sea revisada la sentencia de primera instancia y le sea impuesta a los procesados una pena agravada; en el caso de los exfuncionarios, a trece años, tres meses y tres días; mientras que, para el abogado, pidió que sume la condena de tres a cinco años.
Pese al pedido de la Fiscal Provincial de Pichincha, la Sala negó el recurso de apelación, así como el interpuesto de los procesados, quienes, por medio de sus defensas, buscaban recuperar su libertad recurriendo a la pretensión de una suspensión condicional de la pena.
El 26 de noviembre del 2020, la Fiscalía General del Estado demostró durante la audiencia de juicio que el personal administrativo del SNAI, que trabajaba en el área jurídica del Centro de Rehabilitación Social “El Rodeo”, contactaba a las personas privadas de la libertad (PPL) próximas a cubrir su tiempo de pena, por lo tanto, habilitadas para acceder a algún beneficio penitenciario, que por Ley es gratuito.
A cambio de agilitar sus trámites, exigían pagos en efectivo más botellas de whisky, que eran entregadas al Juez de Garantías Penales y Penitenciarias para dar paso a dichos beneficios.
De las pruebas presentadas por Fiscalía, el cometimiento de los delitos de asociación ilícita y concusión, en concurso real de infracciones, se demostró con los testimonios de los peritos de audio y video, con los progresivos obtenidos en interceptaciones telefónicas, el cotejamiento de voces, el testimonio de dos víctimas (una de ellas, Carlos, alias “Nariz virada”) y también de la exdirectora del CRS, entre otros.