La devolución del IVA (Impuesto al Valor Agregado) es un beneficio tributario de carácter personal, establecido por la ley, que está destinado a las personas adultas mayores, es decir, a quienes hayan cumplido o superen los 65 años de edad al momento de realizar el pago del IVA en sus compras.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha establecido un procedimiento para la devolución automática del IVA. Este consiste en restar el valor del impuesto pagado en compras realizadas a nombre del beneficiario, siempre que estas se efectúen en locales comerciales autorizados y se emitan comprobantes electrónicos a su nombre.
Para acceder a este beneficio, las personas adultas mayores deben haberse registrado previamente en las oficinas del SRI. Este registro es esencial para habilitar el canal automático de devolución del IVA y debe realizarse una sola vez de manera presencial.
Una vez registrados, los beneficiarios recibirán un código de confirmación personal que deberá ser presentado en los puntos de venta de los locales comerciales autorizados. Este código es necesario para aplicar la devolución automática del IVA al momento de realizar las compras.
Registro y Generación de Código: El registro para el canal automático y la generación del código de confirmación se realizan en las oficinas del SRI.
Compra en Locales Autorizados: Acudir a un local comercial autorizado que cuente con el sistema de devolución automática.
Proporcionar el Código de Confirmación: Al momento de la compra, se debe presentar el código de confirmación en la caja de pago.
Verificación de Devolución: Confirmar en el punto de venta que la devolución automática del IVA ha sido aplicada correctamente.
Solo se podrá visualizar un código vigente si se ha realizado el registro previo para habilitar el canal automático de devolución del IVA, o si el SRI ha generado el código de oficio.
Este mecanismo busca simplificar el proceso de devolución y asegurar que el beneficio llegue de manera efectiva a las personas adultas mayores.