El Ministerio del Trabajo emitió cuatro nuevas modalidades contractuales: contrato productivo, turístico y cultural, de emprendimiento y contrato joven y de formación.
Según informó la entidad, con estos nuevos contratos se prentende "regularizar y generar más plazas de empleos formales y adecuar las normas contractuales a las distintas actividades económicas y productivas de país".
Andrés Isch, ministro del Trabajo señaló que estas nuevas modalidades laborales se podrán aplicar exclusivamente para nuevas contrataciones y renovarse por una única ocasión, hasta por el plazo de un año adicional.
Asimismo, enfatizó que los contratos se vuelven indefinidos si al culminar el plazo pactado la labor continúa; por otro lado, si la relación laboral finaliza,el trabajador tendrá derecho a la liquidación de haberes, la cual contemplará el proporcional del desahucio por el tiempo laborado.
Las nuevas modalidades también garantizan el derecho a la indemnización cuando el empleador termine la relación laboral de forma unilateral e injustificada antes del plazo. “Estos contratos permitirán que más personas ingresen al mercado laboral formal con garantía de derechos, disminuyendo las cifras de informalidad que acarrea tantos abusos y precarización”, puntualizó Isch.
Entre las particularidades de cada contrato están:
CONTRATO PRODUCTIVO
– Permite facilitar la distribución de la jornada de trabajo de acuerdo al sector productivo.
– Se puede escoger entre modalidad continua o discontinua.
– Es un contrato a plazo fijo de un año prorrogable a dos.
– Garantiza la remuneración básica, jornadas de descanso, vacaciones, indemnización en caso de despido intempestivo, pago de décimos.
CONTRATO TURÍSTICO Y CULTURAL
– Se puede escoger modalidad continua o discontinua.
– Podrán pactar jornadas consecutivas de trabajo y de descanso para lugares alejados de trabajo.
– El 10% adicional al consumo por servicios o propinas, no constituye parte de la remuneración
– Cuando el trabajador no pueda desplazarse, se le deberá proporcionar vivienda, alimentación y transporte.
CONTRATO DE EMPRENDIMIENTO
– Se complementa con otros incentivos de la Ley de Emprendimiento.
– Para su registro, será necesario el certificado emitido por el Registro Nacional de Emprendimiento (RNE).
– Permite la adaptabilidad de la distribución de las jornadas de trabajo.
– El contrato podrá ser renovado hasta la finalización del emprendimiento (máximo 5 años).
CONTRATO JOVEN Y DE FORMACIÓN
– Aplica para contratos celebrados con jóvenes de hasta 26 años de edad con cualquier tipo de formación.
– Permite continuar la formación del trabajador incluso en objetivos específicos del empleador.
– Ofrece versatilidad en las actividades del trabajador para su experiencia.
– Incentiva la formación aún para jóvenes no universitarios. Alternativa a las pasantías, incrementando la pensión en 2.5 veces.
Revise los acuerdos ministeriales aquí: